Programas de prevención penal y cumplimiento normativo

Programas de prevención penal y cumplimiento normativo

El primer objetivo de un programa de prevención de delitos es evitar la responsabilidad penal de la persona jurídica que desarrolla la actividad...

Desde la modificación del Código Penal llevada a cabo por la L.O.5/2010, en el caso de que se cometan determinados delitos  por cualquier persona aprovechándose de su vinculación con una  empresa, y siempre que ésta obtenga un beneficio directo o indirecto, la propia empresa podría ser objeto de investigación, acusación y condena como responsable penal del delito, con importantes penas que van desde graves multas hasta  la propia disolución de la empresa, pasando por el cierre o clausura de determinados centros productivos, además de sufrir un  daño reputacional que podría ser  irreparable.  

El único medio previsto por la ley para eximir a la empresa de responsabilidad penal es que la  misma cuente, antes de la producción del delito, con un programa eficaz de prevención de delitos que establezca concretas medidas para evitar o mitigar el riesgo de su comisión en la empresa y de cuyo funcionamiento haya velado  responsablemente  un órgano de la persona jurídica especialmente designado por el órgano de administración con poderes y recursos financieros suficientes. 

La responsabilidad de elaborar, implantar y ejecutar el programa de prevención corresponde en exclusiva a los administradores de la sociedad y se deriva del deber de control y diligencia que les impones el art. 225 de la Ley de Sociedades de Capital.

El primer objetivo de un  programa de prevención de delitos es evitar la responsabilidad penal de la persona jurídica que desarrolla la actividad, así como la de sus administradores o directivos, sin perjuicio de ello, como beneficio adicional, los  programas de prevención penal que elaboramos, a través de nuestro partner DEFENSA & COMPLIANCE, dan valor reputacional laukku balenciaga y fiabilidad a la organización,  que lo implanta, al generar una mayor confianza en la misma, tanto en relación con sus accionistas, socios comerciales, clientes, como singularmente con la Administración.